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Cuantía deducción por donaciones realizadas

Los nuevos porcentajes de deducción se aplican desde 1 de enero de 2020 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo.

IMPORTE DONACIÓN PERSONAS FÍSICAS (1)
Desde ejercicio 2020
PERSONAS JURÍDICAS (2)
PRIMEROS 150 € 80% 35%
RESTO de donaciones a partir de 150 € 35% 40%
RESTO de donaciones a partir de 150.-EUROS
Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad 40%
40%
  • 1) Deducción en cuota integra con el límite del 10% de la base liquidable.
  • 2) Deducción en cuota íntegra con el límite del 10% de la base imponible.