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Cuantía deducción por donaciones realizadas

Los nuevos porcentajes de deducción se aplican desde 1 de enero de 2024 a las donaciones a entidades acogidas a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos al mecenazgo.

PERSONAS FÍSICAS (IRPF) DEVOLUCIÓN
PRIMEROS 250€ 80%
RESTO de donaciones a partir de 250€ 40%
RESTO de donaciones a partir de 250€
cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad
45%
PERSONAS JURÍDICAS (IS) DEVOLUCIÓN
Cuando en el ejercicio y en los dos anteriores se haya donado un importe igual o superior a la misma entidad 50%
RESTO de donaciones 40%